domingo, 12 de mayo de 2013

Derecho Precortesiano


EL DERECHO PENAL PRECORTESIANO.


Muy pocos datos precisos se tienen sobre el Derecho Penal anterior a la llegada de los conquistadores; indudablemente los distintos reinos y señoríos pobladores de lo que ahora es nuestra patria, poseyeron reglamentaciones sobre la materia penal. Como no existía unidad política entre los diversos núcleos aborígenes, porque no había una sola nación, sino varias, resulta más correcto aludir únicamente al Derecho de tres de los pueblos principales encontrados por los europeos poco después del descubrimiento de América: el maya, el tarasco y el azteca. Se le llama Derecho precortesiano a todo el que rigió hasta antes de la llegada de Hernán Cortés, designándose así no sólo al orden jurídico de los tres señoríos mencionados, sino también al de los demás grupos.



EL PUEBLO MAYA.

Entre los mayas, las leyes penales, al igual que en los otros reinos y señoríos, se caracterizaban por su severidad. Los batabs o caciques tenían a su cargo la función de juzgar y aplicaban como penas principales la muerte y la esclavitud; la primera se reservaba para los adúlteros, homicidas, incendiarios, raptores y corruptores de doncellas; la segunda para los ladrones. Si el autor del robo era un señor principal, se le labraba el rostro, desde la barba hasta la frente. Las sentencias penales eran inapelables.



EL PUEBLO TARASCO.



De las leyes penales de los tarascos se sabe mucho menos que respecto a las de otros núcleos; más se tiene noticia cierta de la crueldad de las penas. El adulterio habido con alguna mujer del soberano o Calzontzi se castigaba no sólo con la muerte del adúltero, sino trascendía a toda su familia; los bienes del culpable eran confiscados. Cuando un familiar del monarca llevaba una vida escandalosa, se le mataba en unión de su servidumbre y se le confiscaban los bienes. Al forzador de mujeres le rompían la boca hasta las orejas, empalándolo después hasta hacerlo morir. El hechicero era arrastrado vivo o se le lapidaba. A quien robaba por primera vez, generalmente se le perdonaba, pero si reincidía, se le hacía despeñar, dejando que su cuerpo fuese comido por las aves.







EL DERECHO PENAL ENTRE LOS AZTECAS. 



De mayor importancia resulta el estudio del Derecho Penal de los aztecas. Aún cuando su legislación no ejerció influencia en la posterior, era el reino o imperio de más relieve a la hora de la conquista. Este pueblo fue no sólo el que dominó militarmente la mayor parte de los reinos de la altiplanicie mexicana, sino que impuso o influenció las prácticas jurídicas de todos aquellos núcleos que conservaban su independencia a la llegada de los españoles. 



El Derecho Penal azteca revela excesiva severidad, principalmente con relación a los delitos considerados como capaces de hacer peligrar la estabilidad del gobierno o la persona misma del soberano; las penas crueles se aplicaron también a otros tipos de infracciones. Ha quedado perfectamente demostrado que los aztecas conocieron la distinción entre delitos dolosos y culposos, las circunstancias atenuantes y agravantes de la pena, las excluyentes de responsabilidad, la acumulación de sanciones, la reincidencia, el indulto y la amnistía. 



Las penas eran las siguientes: el destierro, penas infamantes, pérdida de la nobleza, suspensión y destitución de empleo, esclavitud, arresto, prisión, demolición de la casa del infractor, corporales, pecuniarias y la de muerte, que se prodigaba demasiado. Esta última se aplicaba principalmente en las siguientes formas: incineración en vida, decapitación, estrangulación, descuartizamiento, empalamiento, lapidación, garrote y machacamiento de la cabeza.



Según Carlos H. Alba, los delitos del pueblo azteca podían clasificarse como: Contra la seguridad del Imperio; contra la moral pública; contra el orden de la familia; cometidos por funcionarios; cometidos en estado de guerra; contra la libertad y seguridad de las personas; usurpación de funciones y uso indebido de; insignias; contra la vida e integridad corporal de las personas; sexuales y contra el patrimonio de las personas.




DERECHO PENAL COLONIAL.



La conquista puso en contacto al pueblo español con el grupo de razas aborígenes; los integrantes de éstas fueron los siervos y los europeos los amos, por más que en la legislación escrita, como dice don Miguel S. Macedo, se declarara a los indicios hombres libres y se les dejara abierto el camino de su emancipación y elevación social por medio del trabajo, el estudio y la virtud. 



En la colonia se puso en vigor la Legislación de Castilla, conocida con el nombre de Leyes de Toro; éstas tuvieron vigencia por disposición de las Leyes de Indias. A pesar de que en 1596 se realizó la recopilación de esas Leyes de Indias, en materia jurídica reinaba la confusión y se aplicaban el Fuero Real, las Partidas, las Ordenanzas Reales de Castilla, las de Bilbao, los Autos Acordados, la Nueva y la Novísima Recopilaciones, a más de algunas Ordenanzas dictadas para la Colonia, como la de Minería, la de Intendentes y las de Gremios.
La legislación colonial tendía a mantener las diferencias de castas, para los indios las leyes fueron más benévolas, señalándose como penas los trabajos personales.



MÉXICO INDEPENDIENTE.



Apenas iniciado por Hidalgo el movimiento de independencia en 1810, el 17 de noviembre del mismo año Morelos decretó, en su cuartel general del Aguacatillo, la abolición de la esclavitud, confirmando así el anterior Decreto expedido en Valladolid por el Cura de Dolores.



La grave crisis producida en todos los órdenes por la guerra de independencia, motivó el pronunciamiento de disposiciones tendientes a remediar, en lo posible, la nueva y difícil situación. Se procuró organizar a la policía y reglamentar la portación de armas y el consumo de bebidas alcohólicas, así como combatir la vagancia, la mendicidad, el robo y el asalto.

29 comentarios:

  1. Encuentro impresionante que desde nuestros ancestros ya se tenga conocimiento de lo que es un delito culposo y de dolo. Aunque considero que las penas son de magnitud cruel y despiadada, encuentro interesante el modo en que se regía este tipo de sociedades. Bastante interesante el tema, esperando haya más lecturas como ésta.
    Edgar Alan Chávez Franco.

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  2. El derecho penal precortesiano se basa en los diferentes tipos de leyes que existían en nuestro pais antes de la conquista de Hernán Cortés, tema de importancia para nosotros para conocer las raices del Derecho penal y poder ejercer como buenos criminalistas.
    Ya que nos emos dado cuentas de las diferentes tipos de castigos que se imponian en las antiguas sociedades.
    PAOLO CRISTIAN LEDESMA TRUJANO

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  3. Es interesante conocer que desde mucho tiempo atrás ah sido muy importante la creación de leyes y penas. Me pareció mas interesante el derecho penal de los aztecas ya que desde esos momentos nuestros antepasados clasificaban los delitos desde diferentes puntos y aunque las penas en ocasiones eran de gran magnitud, era su método de control entre la sociedad.

    DEGOLLADO ARROYO DANIELA. E2 MATUTINO.

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  4. Buena tarde profesora!!!
    Es muy interesante como desde tiempos atrás ya se tenia en cuenta los tipos de delitos que habían en su sociedad y lo que mas me sorprendió es que también ya tenían los castigos para cada delito que se cometía, los castigos si eran algo sangrientos, pero así mantenían el bien común de la sociedad. Me sorprendió que en el pueblo Tarasco a alguien que cometía robo por primera vez lo perdonaban. Me agrado la lectura y fue entretenida.
    Saludos!!
    MARES MORALES MIRIAM MELISA E2

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  5. es muy interesante la historia del derecho penal porque puedo darme cuenta de como era la organización acusatoria de México en la antigüedad y a pesar de que las penas eran bastante crueles creo que los aztecas tenían la mejor organización de esa época ya que incluso tenían una clasificación de los delitos muy similar a la que tenemos ahora.
    STEPHANIE LAMARCA ROJAS E2

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  6. Interesante el hecho de que en esa época ya había una larga lista de delitos, y conocimiento de éstos en culposo y con dolo, aunque las penas eran salvajes y no sólo en contra del delincuente sino de su familia, me imagino a la C.N.D.H. en aquella época.

    Roberto Iván García Dávila E2

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  8. Es muy interesante la manera en la que desde hace muchos años se estableció una forma de imponer castigos a ciertos delitos para que hubiera una correcta función de un gobierno con el estado, aunque no era muy justo la manera en castigar el adulterio en pueblo tarasco ya que no solo la pena era para el adultero sino también a su familia; también la forma en que se repartían los diversos cargos como lo hacemos en la actualidad

    Yirim Osmara Barrón Nájera E2

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  9. Me parece increible la magnitud de ciertas penas, aunque tambien admito que el paso que se dio para castigar los delitos fue de gran ayuda para mantener el bien en la sociedad.

    es muy interesante ver la manera desde que hace muchos años se dio una forma de controlar los delitos por medio de castigos (dependiendo la magnitud del delito) y como ciertas culturas los "clasificaban" para un mejor control.

    TORRES AVELINO KARLA. E2

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  10. *Me resulta interesante e importante que desde hace ya tiempo en los antiguos grupos sociales las leyes y penas ya existían a pesar de no tener una unidad política para el control de esas sociedades, así también como el que en cada grupo tenía su forma de castigar los diversos delito dependiendo de su gravedad.

    Magaña Roa Perla Yadira E-2

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  11. Es correcto aludir únicamente al Derecho de tres de los pueblos principales encontrados por los Europeos poco después del descubrimiento de América: el Maya, el Tarasco y el Azteca, se le llama Derecho Precortesiano a todo el que rigió hasta antes de la llegada de Hernán Cortés.

    Podemos encontrar que desde tiempo átras este grupo de personas tuvieran sus propias leyes al igual que sus penas.

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  12. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  13. Considero que el termino "penas" en ese entonces, era bien pronunciado; también totalmente impresionante la manera de organizar los delitos en los Aztecas, aun que como bien mencioné, los castigos o penas eran totalmente desmedidos, ni siquiera se llegaba a la ley del Talión puesto que el castigo al delito superaba por mucho el crimen cometido. Una lectura muy interesante y digerible.
    Arantza Salinas Espinosa E-2

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  14. La lectura es interesante pero lo que más me gusto es el derecho en los aztecas pues a pesar de que fue un pueblo antiguo ya sabían distinguir los delitos culposos y dolosos así como clasificarlos y sancionarlos de acuerdo al delito.
    Verónica Hernández Hernández e-2

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  15. muy buena lectura
    resumida y explicada de una forma que llegas a imaginartela....
    estaba muy fuerte antes la penas, y vemos ahora como ha cambiado, la diferencia de tortura y pena de muerte que en nuestros dias ya no se practica de esa forma tan cruel.
    se me hizo muy interesante, yo no sabia tan detalladamente como eran las sentencias en ese entonces

    LOMELI CERON JENNIFER E-2

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  16. es impresionante el ver como nuestros ancestros se regian por un sistema penal y conocian las diferencias entre culposo y doloso. resulta impresionante la crueldad de los castigos y, aunque tenian un sistema penal, este seguia siendo primitivo e irracional.
    Luis Mauiricio Alvarez Cruz
    utlizo la cuenta de mi prima. :)

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  17. me parece impresionante el método de justicia en esa época ya que cuando era la primera vez de un delito menor los dejaban libres pero si era un delito mayor llegaban asta a matarlos , desterrarlos

    María Luisa Castañeda Hernández E-2

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  18. Se entiende por derecho precortesiano, al conjunto de leyes de los pueblos aborígenes antes de la llegada de Hernán Cortez.
    Los pueblos antiguos como los mayas o aztecas tenían sus propias leyes las cuales eras más severas que las que tenemos hoy en día, pero creo yo más eficientes ya que con ello mantenía el orden.

    JOSÉ AMILKAR ZETINA LEYVA E-2 T.M

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  19. A pesar de la forma fuerte en que se llevaban acabo los castigos es de mi interés como se clasificaban los delitos y las penas, ya que sus leyes eran mucho mas eficientes que en la actualidad e imagino que estas mismas lograron mayor orden jurídico.

    Morales González P. Maetzi E-2

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  20. el texto anterior es de sumo interés, ya que nos sintetiza y menciona las fuentes de donde provienen nuestros delitos y penas.Es asombroso notar las intensas y duras penas que eran aplicadas en tiempos antiguos a los nuestros, estas eran sin limites. Aun siendo crueles tenían mejor aplicación,y por lo tanto control de la sociedad.
    MARIANA MARTINEZ RIVERA E2

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  21. Me parece muy interesante el análisis de estás civilizaciones con respecto al Derecho de nuestros antepasados, e igual el de la colonia, También así la transición de uno a otro.
    López Martínez Isaí

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  22. hola buenas noches.

    considero la lectura es muy interesante, nos da a conocer como las antiguas culturas ya castigaban los delitos, nos menciona también las diferentes formas de castigo quien lo regia y como era el criterio de castigo. Nos resume en unos cuantos párrafos el origen de las penas y los delitos y nos deja ver como es que antes eran demasiado severos los castigos.

    itzel fabiola hernandez pallares E2 matutino

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  23. es muy importante saber el origen de quienes fueron las primeras civilizaciones en usar el derecho y sus diferentes modalidades de castigo para cada individuo o diferente acto delictivo o delictuoso los cambios radicales de sus castigos y sus penas muy buena teoría.

    Escandón González Miguel Ángel E-2

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  24. Muy interesante e importante sin duda el poder saber como y desde cuando es que inicia el derecho, el que era para ellos un delito y como lo castigaban. Claro que lo hacian de una mamera muy agresiva pero que finalmente les funcionaba.
    Muy buena lectura

    Karen Alcantara Escalona. E-2

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  25. el metodo que llevaban loa aztecas era impresionante eran algo severos pero asi como a ellos, los mayas, los de tarasco les funcionaban esas tecnicas. Excelente lectura.

    ANGELICA PALACIOS ROJAS E2 MATUTINO

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  27. Aun que la información es un poco corta abarca las etapas de la evolución del derecho penal de manera excelente.
    Gracias por el aporte!

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  28. Excelente información, muchas gracias por compartir.

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